Derecho Laboral en Turquía: En Turquía el empleo se rige por las siguientes leyes:
- La Ley Laboral turca – Ley 4857
- La Ley Turca de los Sindicatos – Leyes 2821 y 2822
Según la ley laboral turca hay 4 tipos de contratos laborales:
1. Temporales e indefinidos
2. de duración determinada o indeterminada
3. por trabajos a tiempo parcial
4. contratos de obra y servicio
Sólo si se firma un contrato de duración determinada deberá redactarse en papel, para los demás no hay que seguir un formato específico. La ley también prohíbe cualquier tipo de discriminación ya sea por idioma, raza, género, orientación política, credo, religión u otros.
Horario laboral
Horas semanales
- Horas semanales: 45 máximo de lunes a sábado
- Horas diarias: 11 máximo
Horas extraordinarias
- Límite anual de 270 horas extraordinarias
- Máximo 3 horas al día en 90 días separados al año
- Retribución de las horas extraordinarias
- Opción a: el sueldo se verá incrementado 50% si es un día normal y en un 100% si el día es fin de semana o festivo por fiesta nacional
- Los empleados también pueden optar por disfrutar de una hora y media de tiempo libre por cada hora extra trabajada.
Turnos de noche
- No pueden superar el límite de 7.5 horas
- El periodo empieza como muy tarde a las 20 pm y termina como pronto a las 6 am.
Retribución
- El salario mínimo en la segunda parte del 2008 fue de 1.647 TL.
- Debe pagarse en liras turcas en la cuenta bancaria del trabajador.
- Si el salario no se abona en la cuenta bancaria del trabajador, el empresario recibirá una sanción administrativa de 100 liras turcas por empleado y mes.
Vacaciones remuneradas
Depende del tiempo trabajado:
- 1>5 años: por lo menos de 14 días
- >5<15 años: por lo menos 20 días >15 años: por lo menos 26 días
Los trabajadores de 18 años o menores y los de 50 años o mayores disfrutan de por lo menos 20 días al año.
Las mujeres embarazadas tienen 16 semanas de baja maternal retribuida y pueden pedir una exedencia de hasta 6 meses.
Festivos
- Boda o funeral: 3 días
- Festividades religiosas: 8 días
- Festividades nacionales: 5 días
- 1 de enero
- 23 de abril
- 19 de mayo
- 30 de agosto
- 29 de octubre
- Año nuevo: 1.5 días
Indemnización
Se indemniza al trabajador con 1 mes por año trabajado en los siguientes casos:
- Despido
- Servicio Militar
- Retiro
- Muerte
El aviso mínimo será de 2 a 8 semanas.
Prestación del desempleo
- Si el trabajador cobra hasta 39.545 YTL al mes paga un 1% para la prestación del desempleo
- También el empresario paga un 2% para contribuir a la prestación del desempleo (con un máximo de 79.09 YTL al mes)
Contratación de empleados extranjeros
- Los extranjeros que quieran trabajar para empresas turcas deben obtener un permiso de trabajo que le será otorgado por el Ministerio de Trabajo.
- Si residen en el extranjero, este permiso será gestionado por su consulado o embajada más cercano.
- Si ya viven en Turquía y tienen un permiso de residencia válido por un mínimo de 6 meses, podrán acudir al Ministerio de Trabajo a tramitarlo.
- Después de gestionar el permiso de trabajo, es necesario que también tramiten el permiso de residencia, que se gestiona en el departamento de extranjeros de la policía local.
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Hola gracias por este espacio unos amigos viajaron a Turquía con un contrato laboral, lamentablemente no les están cumpliendo con las condiciones básicas de alimentos y vivienda, están en condiciones precarias, no les han pagado y ellos desean volver a Colombia, que se puede hacer si la embajada no responde las llamadas? Gracias
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